EDITORIAL[1]
Mario Méndez Acosta
Pocas leyes son tan claras en su enunciado como el Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando dispone que el criterio que orientara a la educación que imparta el Estado «se mantendrá par completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios».
Por eso, resulta deprimente comprobar que a través de la televisión estatal, un pilar fundamental de la formación cultural de nuestro pueblo, se insista en difundir en forma acrítica supersticiones vulgares, corno lo es la astrología, en voz de un pretendido santón representante de una agrupación que se autodenomina Gran Fraternidad Universal.
La divulgación de las infundadas fábulas, presentadas como consejos de índole astrológica, se lleva a cabo en un programa matutino supuestamente dedicado al desarrollo corporal y a la salud que se difunde por el Canal 13.
La presentación de horóscopos en serio es explicable en revistas extranjeras dizque femeninas, destinadas a la explotación del morbo y de la ignorancia de las mujeres latinoamericanas. Pero que una teledifusora, propiedad y vocero del Estado mexicano, se rebaje a acudir a estos mediocres recursos para rellenar tiempo de programación, resulta inexcusable.
La creencia en la astrología es distintiva de ignorantes y malhechores de la historia contemporánea. Hitler conducía la guerra de acuerdo con los consejos de sus astrólogos. López Rega, el criminal fundador de la Triple A argentina y brujo de cabecera de Isabel Perón, también se guiaba por la astrología. Imelda Marcos y Ronald Reagan tomaban sus decisiones basándose en «información» astrológica.
La astrología ha sido sujeta a diversos tipos de pruebas científicas en todas sus afirmaciones y en todas ellas ha sido encontrada en falla. Esta información es la que debería divulgar la televisión pública.
[1] Publicado originalmente en El Investigador Escéptico, Vol. 2, No. 2, México, enero-febrero de 1990. Pág. 2.